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LEGALIZACION DE CONSULTA |
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Toda consulta tiene que estar inscrita en el Registro de Consultas creado por el Decreto 16/94 de 25 de enero, publicado en el BOJA número 14, página 832, de 5 de febrero de 1.994.
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TITULO DE ESPECIALISTA (MUY IMPORTANTE) |
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En cumplimiento de la normativa vigente, deben de estar registrados todos los títulos de especialistas de nuestros colegiados. |
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NUEVO NUMERO DE COLEGIADO |
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Con motivo de la entrada en vigor del Decreto-Ley 5/1996 de 7 de Junio, que establece la Colegiación única obligatoria en todo el territorio nacional, ha obligado a tomar medidas como la siguiente: El médico tendrá asignado un numero de colegiado en el que figurara el código de la Provincia y el numero de colegiado del Colegio donde este inscrito, ambos constituyen el numero nacional.
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